Separación de poderes y revolución francesa.

Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.

Artículo 16,
Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (26 de agosto de 1789)
189 años después de esta declaración, fue aprobada la Constitución de 1978 en la que no existe la separación de poderes. ¿Tenemos realmente una Constitución? En 1789 el pueblo Francés lo tenia claro, la respuesta hubiera sido: NO.


Comentarios