EEUU

Siguiendo con el post anterior "España vs EEUU II" donde describía como seríamos si fuéramos EEUU, he decidido publicar una descripción del sistema político y territorial de los EEUU. Este es un ejemplo de una estricta separación de poderes.


Los Estados Unidos, cuya proclamación unilateral de independencia tuvo lugar el 4 de julio de 1776 y cuya soberanía efectiva fue reconocida por su ex metrópoli, el Reino Unido, en 1783 por el Tratado de París, decidieron dotarse de una norma jurídica suprema que regulase en forma precisa la gobernación del flamante país. En consecuencia, 55 representantes de 12 de los 13 estados fundacionales (Rhode Island no envió delegados, aunque se adhirió más tarde) procedieron a redactar en 1787, en Filadelfia, la Constitución de los Estados Unidos. Ésta, que entraría en vigor dos años después al ser ratificada por las legislaturas de dos tercios de los estados, representa el texto pionero de todas las constituciones escritas —el sistema constitucional británico, más antiguo, no está plasmado en un texto único, sino que se basa en la interpretación consuetudinaria de una larga serie de usos, normas y convenciones—. Es también la constitución escrita que más tiempo ha permanecido en vigor, de entre todas las promulgadas en el mundo, y ello de modo ininterrumpido: ninguno de los grandes conflictos que han vivido los Estados Unidos en estos casi doscientos años ha paralizado ni perturbado la plena vigencia de su Constitución, ni siquiera el cruento conflicto civil que fue la Guerra de Secesión (1861-65).

El texto de siete artículos elaborado por la Convención Constituyente de 1787, ha sido complementado o corregido por una serie de importantes Enmiendas desde entonces. Las diez primeras forman el llamado Bill of Rights o Declaración de Derechos, y fueron introducidas muy tempranamente: en 1789, es decir, el mismo año de la entrada en vigor de la Constitución. En ellas se contiene una relación de derechos individuales fundamentales, como las libertades de expresión y de cultos, el derecho a no ser detenido si no es por mandato judicial expreso, el derecho al juicio por jurado, etc. Con posterioridad, han entrado en vigor las enmiendas XI a XXVI; dos más se hallaban en proceso de ratificación por las legislaturas de los estados a mediados de 1980.

La Constitución establece un régimen federal, con competencias claramente deslindadas entre el gobierno central y los estados, y una estricta separación entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Estos tres, en el ámbito federal, tienen sus sedes en la ciudad de Washington, Distrito de Columbia.

El régimen federal.

Los Estados Unidos forman una República federal, integrada hoy por 50 estados federados, los cuales son soberanos e iguales entre sí; además, el minúsculo territorio del Distrito de Columbia, entre los estados de Maryland y Virginia, se halla bajo la jurisdicción directa del gobierno federal.
Cada estado federado tiene su propia constitución, la cual ha de mantener necesariamente la forma de gobierno republicana y no puede contradecir en ningún aspecto la Constitución de los Estados Unidos. Del mismo modo, los poderes legislativos estatales no pueden aprobar leyes que contradigan o infrinjan las leyes federales ni los tratados internacionales subscritos por el gobierno federal.

Respetando las limitaciones consignadas, los estados federados gozan de una amplia gama de competencias: regulación de la propiedad privada, régimen matrimonial y de divorcio, sanidad, educación, código penal y normas laborales propios, organización de la economía y de las comunicaciones, poder de policía, impuestos locales, etc. No es raro, por tanto, que una misma materia esté regulada de modo muy diferente en dos estados limítrofes; por citar un solo aspecto, el de la pena de muerte, la misma existe en unos estados y no en otros, y aun en aquellos que la mantienen se aplican distintos procedimientos de ejecución de los reos.

Esta amplia capacidad autonormativa de los estados se completa y afianza mediante la elección popular directa de sus propios poderes ejecutivo (el gobernador) y legislativo. Por otra parte, el gobierno federal no está representado en los estados por ningún alto funcionario ni delegado; la aplicación de las leyes federales en cada estado es responsabilidad de la administración del mismo, sin que exista otra fiscalización de sus actuaciones que la judicial ordinaria. Además, los estados son recipiendarios de lo que en derecho político se conoce como poder residual, y ello por disponerlo así la X Enmienda: los poderes que la Constitución no delega expresamente en el gobierno federal, ni prohibe a los estados, quedan reservados a éstos.

El poder ejecutivo federal.

Reside, en su totalidad, en el presidente de los Estados Unidos. Se trata del más alto funcionario de la nación; es, a la vez, jefe del Estado y del Gobierno. Pueden aspirar al cargo todos los ciudadanos estadounidenses por nacimiento —lo que excluye a los inmigrantes nacionalizados—, que tengan cumplidos los 35 años de edad y que hayan residido en el país al menos durante 14 años. El presidente es elegido para un mandato de cuatro años; de acuerdo con la XXII Enmienda, únicamente puede ser reelegido para un período más. La elección se realiza por sufragio universal, pero con un método indirecto: los votantes eligen unos compromisarios en cada estado, que son quienes luego otorgan su voto al candidato que haya obtenido la preferencia —que haya conseguido más compromisarios— en el estado correspondiente. La votación popular tiene lugar el primer martes después del primer lunes del mes de noviembre de los años bisiestos; la toma de posesión del candidato triunfador se efectúa al mediodía del 20 de enero siguiente.

El presidente, que en el momento de iniciar su mandato jura «preservar, proteger y defender la Constitución de los Estados Unidos», es el comandante en jefe de las fuerzas militares. Dirige la política exterior, aunque los tratados que firma no entran en vigor hasta que los ratifica el Senado. Nombra, previa conformidad de esta misma cámara, a los secretarios (ministros) de su gobierno, y los separa libremente del cargo. Provee las vacantes de magistrados del Tribunal Supremo, aunque también con la aprobación de la cámara alta. Posee la facultad de indulto y de conmutación de penas. Puede vetar una ley aprobada por el Congreso (parlamento federal), aunque éste, a su vez, puede anular tal veto con una mayoría de dos tercios en las dos cámaras que lo forman. En fin, dirige la vasta y compleja maquinaria administrativa y política del gobierno estadounidense; para ello, todos los funcionarios federales no electivos son responsables ante él y de él recibe cada uno la parcela de autoridad que detenta.

A la vez que el presidente, y en sus mismas condiciones, es elegido el vicepresidente de los Estados Unidos. Sin embargo, las diferencias entre ambos cargos son abismales: mientras que aquél concentra todo el poder ejecutivo, éste no tiene más funciones concretas, en tanto que vicepresidente, que la de presidir el Senado. Su verdadera misión es la de ser «un jefe de Estado en la reserva»: en caso de destitución, muerte, dimisión o incapacidad del presidente, sucede a éste en la alta magistratura y por todo el tiempo que le quedara de mandato.

El poder legislativo federal.

Reside en el Congreso de los Estados Unidos, parlamento bicameral integrado por la Cámara de Representantes y el Senado. Su período anual de sesiones comienza el 3 de enero y ha de durar un mínimo de seis meses.

Además de su gran competencia específica —la redacción y aprobación de las leyes—, el Congreso está facultado para proponer enmiendas a la Constitución (aunque, para llegar a entrar en vigor, las mismas han de ser ratificadas por los parlamentos de las tres cuartas partes de los estados federados). Vigila la actuación del poder ejecutivo mediante investigaciones y comités de encuesta y, a través de la aprobación del presupuesto y del control de la asignación de fondos, ejerce una importante influencia sobre la política presidencial. Sin embargo, dada la rígida separación de poderes existente, en caso de que rechace algún proyecto de ley propuesto por el presidente, no se produce ninguna crisis parlamentaria ni éste tiene por qué dimitir. Prepara y aprueba toda la legislación relativa al Distrito de Columbia (sede de la capital federal, la ciudad de Washington), ya que, al no ser estado federado, el mismo no posee otros órganos que los municipales y carece, por tanto, de parlamento.

La Cámara de Representantes. Ostenta la delegación del conjunto de la nación, de modo tal que cada uno de sus 435 miembros representa al distrito electoral por el que fue elegido y no al estado del que ese distrito forma parte. El número de representantes a que tiene derecho cada estado es proporcional a la población del mismo, aunque todos han de contar al menos con un miembro en esta cámara. El mandato de los representantes es de dos años. Todos son, y lo han sido siempre, elegidos directamente por el pueblo. Pueden aspirar al cargo quienes hayan cumplido los 25 años de edad, sean ciudadanos estadounidenses desde hace al menos siete años y residan en el estado dentro del cual radique la circunscripción por la que se presenten. Los representantes eligen de entre ellos al presidente de la Cámara; éste es la persona que sigue al vicepresidente de los Estados Unidos en el orden de sucesión en la presidencia de la nación.

El Senado. Dado que los Estados Unidos son un país federal, es la cámara destinada a una representación igualitaria de los estados federados —con independencia del número de habitantes de los mismos— y a garantizar una adecuada protección a la soberanía de todos y cada uno de ellos. Por tanto, cada senador representa al conjunto del estado que lo ha elegido. Hay un total de 100 senadores, dos por cada estado (el Distrito de Columbia no está representado en el Senado). Al ser el mandato senatorial de seis años, la renovación de la cámara se lleva a cabo por terceras partes en los años pares. Hasta 1913, los senadores eran designados por los parlamentos de los estados respectivos: desde ese año, y en virtud de la XVII Enmienda, son elegidos directamente por la totalidad del cuerpo electoral de: estado al que representa cada uno.

El titular de la presidencia del Senado es el vicepresidente de los Estados Unidos, si bien únicamente toma parte en una votación cuando se ha producido un empate. Usualmente dirige las sesiones un presidente pro teinpore, elegido de entre ellos por los senadores; el mismo sigue al presidente de la Cámara de Representantes en el orden de sucesión en la presidencia de la nación. Pueden aspirar a la condición de senadores quienes hayan cumplido los 30 años de edad, sean ciudadanos estadounidenses desde hace al menos nueve años y residan en el estado por el que se presenten.

Diferencias entre las dos cámaras. Aunque ambas formar, conjuntamente el Congreso y, por tanto, comparten la función de hacer las leyes, cada una posee importantes ámbitos específicos en los que actuar de manera prioritaria o exclusiva. Así, la Cámara de Representantes es la única de la que pueden emanar proyectos de ley relativos a los impuestos > a la asignación del gasto público; como en ella los estados están representados en proporción a la población, los estados más populosos, que son los que más carga tributaria aportan a las arcas federales, pueden ejercer también un mayor control sobre el montante y el uso de la misma. Esta Cámara es también la única competente para ejercer la acusación contra cualquier funcionario federal —presidente de la nación incluido—, presentando luego la denuncia correspondiente ante el Senado. Ella es también la que debí elegir al presidente de los Estados Unidos si ningún candidato hubiere obtenido mayoría de compromisarios en e! voto popular.

El Senado, y sólo él, es en cambio el que aprueba o rechaza los tratados internacionales. Es el que actúa como tribunal para juzgar a los funcionarios que hayan sido denunciados por la Cámara de Representantes. Posee la exclusividad para confirmar o vetar los nombramientos hechos por el presidente del país: secretarios (ministros), embajadores, magistrados del Tribunal Supremo, etc. Y es el que debe elegir al vicepresidente de los Estados Unidos si ningún candidato hubiere obtenido una mayoría de compromisarios.

El poder judicial federal.

Reside en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos y en los tribunales fedérales inferiores. Aquél constituye el órgano judicial más alto de la nación; sus sentencias son inapelables. Lo integran un número de magistrados que puede variar de acuerdo con lo que estipule el Congreso; desde hace un siglo son nueve, uno de los cuales preside el Tribunal. Todos son nombrados por el presidente del país, pero es necesaria la confirmación del Senado; producida ésta, el magistrado asume el cargo con carácter vitalicio o hasta que él mismo decida retirarse. Los nueve magistrados administran justicia colegiadamente; la sentencia la adoptan por mayoría de los que han participado en la vista del juicio correspondiente.

El Tribunal Supremo es el punto de equilibrio del sutil juego de contrapesos que la Constitución delinea en tomo a los tres poderes federales. Así, el legislativo determina el número de integrantes de aquél y ciertos otros aspectos como la retribución que han de percibir; igualmente, una de sus cámaras —el Senado— ha de ratificar los nombramientos con que se provee a las vacantes que se van produciendo. Pero estos nombramientos son efectuados por el otro poder, el ejecutivo, por medio del presidente de la nación. Sin embargo, la independencia efectiva del poder judicial viene dada rotundamente por el carácter vitalicio del cargo de magistrado del Tribunal Supremo: una vez nombrados por el presidente y confirmados por el Senado, los miembros del alto tribunal no dependerán jamas de quien los nombró ni de sus sucesores, como tampoco de la legislatura que les confirmó ni de las que sucedan a la misma.

Tal independencia efectiva hace posible que sea el Tribunal Supremo el órgano al que está encomendado el control de la constitucionalidad, tanto de las leyes que elabora el poder legislativo como de los actos que lleva a cabo el poder ejecutivo. Esto significa que una ley aprobada por el Congreso puede ser declarada nula por parte del Tribunal Supremo, si la encuentra contraria a la Constitución. Del mismo modo, éste puede declarar que determinada actuación o decisión del presidente de los Estados Unidos no es conforme a la letra o al espíritu de la ley de leyes.

En fin, el Tribunal Supremo es también el órgano llamado a dirimir los conflictos de competencias que puedan surgir entre el gobierno federal y los estados federados, así como los que se suscitaren entre dos o más de estos últimos.

Administración local.

Como en toda federación, la entidad federada —en este país llamada estado— es el elemento esencial de la misma. Ya se ha señalado que cada estado tiene su propia constitución, y que en todos el poder está dividido en las ramas ejecutiva, legislativa y judicial. El poder ejecutivo es ejercido por un gobernador, elegido (junto con un vicegobernador) mediante sufragio universal; su mandato dura en unos estados dos años y en otros cuatro. El poder legislativo reside en un parlamento bicameral —salvo en Nebraska, donde hay una sola cámara—, fruto igualmente del voto ciudadano. El poder judicial lo ostentan el Tribunal Supremo del estado y los juzgados inferiores; uno y otros aplican tanto la legislación estatal como las leyes federales.

Los estados se dividen en condados (en Luisiana reciben el nombre de parroquias y en Alaska el de divisiones), los cuales ejercen una serie de importantes competencias por delegación del gobierno estatal correspondiente. Pero la verdadera subdivisión inferior, auténticamente autónoma, es el municipio: la relación entre éste y el estado es comparable a la existente entre el estado y el gobierno federal. La mayoría de los municipios se administran por medio de un ayuntamiento, cuyos miembros son de elección popular directa, incluido el alcalde; en algunos existe un sistema de comisión y en otros una gerencia, en cuyo caso un administrador profesional contratado actúa como jefe de toda la organización y funcionariado municipales.

Fuente: Jesús Pérez Cavero, Nueva enciclopedia del mundo, tomo VIII, páginas 3805 a 3808.

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